Es obligación del Estado el contralor de la matrícula profesional, claro está, nos referimos a todas las profesiones. La finalidad es la de proteger a la sociedad de toda práctica ilegal; inescrupulosa o reñida con la Ley. Este contralor, la autoridad gubernamental la delega en los Colegios Profesionales, que son entes descentralizados, representantes del Estado y de Derecho Público.
A partir de la defensa del debido ejercicio de la profesión, priorizando la debida forma en un todo de acuerdo con las leyes que regulan la actividad, no solo se está defendiendo y prestigiando la profesión de que se trate, y por añadidura preservando a la sociedad de todo posible perjuicio que representa una práctica ilegal o defectuosa (mala praxis), que es en esencia la finalidad de todo Colegio Profesional; sino que además, cada Colegio está cumpliendo con su obligación delegada por Ley.